Ayudas financieras por la adquisición de vivienda usada al amparo del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre (Plan estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009/2012)

Publicado por admin el Wednesday, August 18th, 2010 a las 7:16 am

 

  • Procedimiento de tramitación de  las ayudas financieras para al adquisición de viviendas usadas, consistentes en la suscripción de préstamos convenidos con entidades financieras firmantes de convenios con el Ministerio de Vivienda, subsidiación de dichos préstamos y, en su caso, ayudas estatales directas a la entrada. Las cuantías de las ayudas dependerán de los ingresos familiares y de las circunstancias familiares y personales de los solicitantes.

     

  • Requisitos
     1. Adquirentes de vivienda usada, considerándose como tales:

    * Las Viviendas libres adquiridas en segunda o posterior transmisión.

    * Las Viviendas sujetas a regímenes de protección pública, adquiridas en segunda o posterior transmisión, y viviendas protegidas que se hubieran destinado con anterioridad a arrendamiento.

    * Las Viviendas libres de nueva construcción, adquiridas cuando haya transcurrido un plazo de 1 año como mínimo entre la expedición de la licencia de primera ocupación y la fecha del contrato de opción de compra o de compraventa.

    2. Que la superficie útil máxima sea de  90 metros cuadrados útiles para la vivienda, por lo que aquellas que tengan una superficie superior tendrán derecho a la mencionada financiación pero referida únicamente a 90 metros cuadrados de superficie útil.

    3. Para tener derecho a las ayudas financieras consistentes en ayudas económicas directas, los adquirentes deberán tener unos ingresos familiares superiores a una vez el IPREM.

    4. Las viviendas tienen que ser destinadas a residencia habitual y permanente y no podrán transmitirse inter vivos ni ceder su uso, durante los 10 años siguientes a su adquisición sin previa autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, que se concederá una vez que se haya cancelado el préstamo convenido y se hayan reintegrado las ayudas financieras percibidas junto con sus intereses legales.

     

  • Documentación a presentar
     1.  Fotocopia D.N.I (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).

    2. Fotocopia libro de familia o Título de familia numerosa, en su caso (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).

    3. Fotocopia compulsada o certificado original de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o fotocopia completa y compulsada (incluyendo hoja de liquidación sellada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o entidades colaboradoras), de la declaración o declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del adquirente y los demás miembros de su unidad familiar, del período impositivo que, una vez vencido el plazo de presentación de la declaración, sea inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de la ayuda económica. En el caso de que no se hubiera presentado declaración, por no estar obligado a ello, deberá aportarse certificación negativa de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación), declaración responsable respecto de los ingresos familiares obtenidos durante el período correspondiente, informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y, en su caso, certificado de la empresa o empresas o del Instituto Nacional de Empleo sobre ingresos percibidos o certificado de las bases de cotización de la Seguridad Social, si es trabajador por cuenta propia, o certificado de la pensión, si es pensionista.Copia simple de la escritura pública de compraventa o adjudicación en propiedad.

    4. Fotocopia compulsada o certificado original de titularidades emitido por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad.

    Si en dicha nota se indica que se es titular de algún inmueble deberá aportar nota simple del Registro de la Propiedad referente al mismo, y si se trata de una vivienda libre, deberá aportarse certificado administrativo acreditativo del valor de la misma a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o acreditarse documentalmente que se ha sido privado de su uso por causa no imputable a él mismo.

    En todo caso se deberá aportar la siguiente documentación:

    - Fotocopia compulsada o certificado original de discapacidad, (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación)

    - Fotocopia compulsada o certificado original de ser víctima de violencia de género, de terrorismo o  sentencia de separación o divorcio (en su caso)

    - Copia simple o fotocopia compulsada de la escritura pública de compraventa o adjudicación en propiedad, o escritura pública de declaración de obra nueva para el supuesto de promotor individual para uso propio.

    Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  • Tramitación
     La instrucción de los expedientes relacionados con la concesión de las ayudas financieras previstas corresponde a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Su resolución es competencia del titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

    La tramitación de las ayudas financieras a la adquisición de vivienda usada se realizará por orden de fecha de entrada de la solicitud.

    El plazo de resolución es de seis meses a contar desde la fecha de registro de entrada, pasado el cual se entenderá la solicitud como desestimada a los efectos legales que procedan.

  • Plazo de solicitud de la convocatoria
     Cuatro meses desde el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa.
  • Solicitudes
     * Obtención de solicitudes:
    - En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
    - En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
    - En las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

     

    * Presentación de solicitudes y documentación:

    a) Presencial:

    En cualquiera de las Oficinas de  Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

    b) Por Internet

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Gestión Telemática” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.

    En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad  de Madrid.

    También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de “aportación telemática de documentos”, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la “consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica

  • Normativa aplicable
     * Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 (BOE número 309 de 24/12/2008).

    * Orden 5042/2009, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento de tramitación de las ayudas financieras a la adquisición de viviendas previstas en Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOCM nº 9, de 12 de enero de 2010)

    * Correción de errores de la Orden 5042/2009, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento de tramitación de las ayudas financieras a la adquisición de viviendas previstas en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 (BOCM nº 117, de 18 de mayo).

  • Órgano responsable
    Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
    D. G. de Vivienda y Rehabilitación
  • Dirección
    C/ Alcalá, 16
  • Teléfono
    Teléfono de Atención al Ciudadano 012
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Becas de formación para titulados universitarios de grado medio o superior en el Servicio Navarro de Empleo.

Publicado por sonia el Friday, May 14th, 2010 a las 5:21 pm

Requisitos:
Para ser beneficiario de las becas las personas físicas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.
d) Residir en Navarra, al menos, desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
e) Estar en posesión del correspondiente título oficial universitario o equivalente, expedido u homologado por las autoridades españolas.
f) Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca de formación.
g) No estar incapacitado físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
h) No haber sido beneficiario de una beca en un organismo de la Administración Foral de Navarra durante un período igual o superior a 6 meses.
Los requisitos deberán mantenerse durante el período de duración de la beca de formación.

Dotación:
Las becas de formación estarán dotadas con una cuantía de 880 euros mensuales o, en su caso, la parte proporcional, que será abonada a mes vencido. Si se prorrogan, el importe para el año 2011 será de 900 euros mensuales.

Nº Becas: 2

Fecha inicio: 04/05/2010

Fecha cierre: 23/05/2010

Duración:
Las becas tendrán una duración inicial hasta el 31 de diciembre de 2010 y podrán prorrogarse, previo acuerdo de las partes y por los períodos que se establezcan, hasta el 31 de diciembre de 2011, todo ello sujeto a la disponibilidad presupuestaria.

Información:
La forma de acreditar estos requisitos será documentalmente y por escrito, junto a la solicitud de la Beca de Formación, que se presentará en el Registro del Servicio Navarro de Empleo situado en la calle Arcadio M.ª Larraona 2.ª planta, en el Registro General del Gobierno de Navarra, o por cualquiera de los medios permitidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los documentos exigidos se indican a continuación:
a) Instancia de solicitud de la beca de formación concreta a la que aspira, con los datos personales, dirección, teléfonos y dirección de correo electrónico.
b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.
c) Certificado de empadronamiento indicando antigüedad.
d) Certificación del expediente académico, con las calificaciones de todas las materias de cada curso y mención expresa de las convocatorias en que fueron aprobadas.
e) Fotocopia compulsada de los títulos y diplomas que posea, que sean valorables de acuerdo con la base 5.
f) Resto de méritos alegados que sean valorables de acuerdo con la base 5.
Si la solicitud presentada en plazo no reuniera los requisitos indicados en los números anteriores, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, indicándole que de no hacerlo así se le tendrá por desistido y se dictará la de archivo del expediente, que le será notificada.

Observaciones:
Boletín Oficial de Navarra nº 54, Lunes, 3 de mayo de 2010 ( RESOLUCIÓN 583/2010, de 25 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo ).

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de dos becas de formación en el Servicio Navarro de Empleo, con destino a las siguientes unidades:
–Una en el Servicio de Promoción de Empleo e Igualdad de Oportunidades: para Diplomados en Relaciones Laborales, que se dedicará al estudio y análisis de las ayudas al empleo gestionadas por el Servicio Navarro de Empleo.
–Una para el Centro Nacional de Formación en Energías Renovables: para Ingenieros Superiores o Técnicos en ramas industriales, cuyo objeto es colaborar en la planificación de las acciones de formación, contribuir a la puesta a punto y la actualización de los equipamientos formativos, impulsar los proyectos de colaboración con los expertos, profesionales y empresas del sector, y participar en los trabajos técnicos relacionados con la actualización y ordenación del área formativa: nuevos cursos, diseño de bancos de pruebas, adaptación de contenidos a diferentes formatos y propuesta de certificados de profesionalidad.

Lugar: NAVARRA – España

Guarderías, ludortecas y centros infantiles

Residencias de ancianos, centros de día y ayuda a domicilio. Dependencia.

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Becas destinadas a realizar estudios de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico,económico y administrativo durante el curso académico 2010-2011.

Publicado por sonia el Thursday, May 13th, 2010 a las 5:15 pm

Requisitos:
* Las becas están destinadas a aquellas personas que estén en posesión de una titulación universitaria superior obtenida en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de becas en el Boletín Oficial de Canarias.
Los solicitantes deberán elegir el centro de su interés para cursar los estudios sobre integración europea en función de la titulación de que disponen.

* Requisitos que han de cumplir los solicitantes:

1. Podrán solicitar las becas las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado
miembro de la Unión Europea y haber residido en Canarias durante, al menos, los 4 años anteriores a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria de becas.
b) Estar en posesión de la titulación universitaria superior, obtenida en los 5 últimos años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de becas, que permita realizar el correspondiente curso sobre la Unión Europea en la institución académica seleccionada.
c) Poseer buenos conocimientos orales y escritos de inglés o francés, o de ambos, en función de los requisitos de admisión de la institución académica a la que se pretenda acceder. Si el solicitante pretende cursar sus estudios en el idioma alemán, éste sólo podrá realizar dicho curso en este idioma si cumple con
los requisitos de admisión de la institución académica a la que pretende acceder, tal y como establece la base primera.
d) No padecer enfermedad o impedimento alguno que imposibilite la realización del curso completo.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier administración o ente público.
g) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino.
h) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma.
i) No hallarse inhabilitado para recibir becas, ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario de las becas las personas físicas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber dado lugar, por declaración de culpabilidad, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) Estar incursa, la persona física, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
e) No hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
f) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o la Ley General
Tributaria.
g) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

Dotación:
Las tres becas que se convocan se repartirán de la siguiente forma: se concederá, como máximo, una beca para realizar un curso de postgrado en el Colegio de Europa (en Brujas o en Natolín) y estará dotada de veinticuatro mil trescientos cuarenta y seis (24.346,00) euros; las dos becas restantes se concederán para asistir a cualquier otro centro que imparta enseñanzas centradas en la integración europea y estarán dotadas de un mínimo de dieciséis mil (16.000,00) euros, siendo el importe total del conjunto de las becas a conceder para el ejercicio 2010 cincuenta y seis mil trescientos cuarenta y seis (56.346,00) euros y su financiación será con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2010.10.11.612M.480.00 Línea de Actuación: 10.4061.02- “Becas de Formación en Centros Académicos Europeos”.

Nº Becas: 3

Fecha inicio: 29/04/2010

Fecha cierre: 17/05/2010

Información:
Las solicitudes deberán de dirigirse al Consejero de Economía y Hacienda y se formularán conforme al modelo que se adjunta como anexo II de esta orden, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día natural siguiente a la publicación de la correspondiente orden de convocatoria de becas en el Boletín Oficial de Canarias.
Los impresos de solicitud, debidamente cumplimentados, se presentarán en la sede de la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea, en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Fundación Puertos de Las Palmas, Muelle de los Vapores, s/n, o en Santa Cruz de Tenerife, calle José Manuel Guimerá, 10, 5ª planta.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, en el plazo indicado, en cualquiera de los registros y oficinas mencionados en el artículo 38.4 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa, formal e incondicional de las bases y condiciones de los requisitos y obligaciones que se contienen en la presente orden. Igualmente, implicará la autorización del solicitante a esta consejería para obtener los datos necesarios y acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

Observaciones:
Boletín Oficial de Canarias núm. 82 Miércoles 28 de abril de 2010 (III. Otras Resoluciones / Consejería de Economía y Hacienda – ORDEN de 22 de abril de 2010 ).

OBJETO:
Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de tres becas para la realización de estudios de postgrado centrados en la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo durante el curso académico 2010-2011; estos estudios de especialización en materia comunitaria deberán ser impartidos por un centro de reconocido prestigio y tradición situado en territorio comunitario (excepto territorio nacional español) con las especificaciones que se recogen en estas bases. El curso elegido deberá realizarse íntegramente o combinando los siguientes idiomas: inglés, francés o alemán, de forma que la elección del mismo por parte del candidato queda condicionada a las pruebas de inglés o de francés, o de ambos idiomas, reguladas en el apartado.
b) de la base octava, a las que se presente y, por tanto, supere. En el caso del idioma alemán, el candidato sólo podrá seguir el curso en este idioma si cumple con los requisitos de admisión de la institución académica a la que pretende acceder y si, a juicio del Tribunal Calificador, el candidato puede acreditar el conocimiento de este idioma con un nivel suficiente y adecuado para realizar un curso de postgrado.

Lugar: EUROPA – España

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Becas internacionales Bancaja para estudiantes de la Universidad de Oviedo que hayan obtenido una ayuda de movilidad en el marco de los convenios de cooperación suscritos con universidades extranjeras, para el curso académico 2010/2011.

Publicado por sonia el Wednesday, May 12th, 2010 a las 9:31 pm

Requisitos:
Ser estudiante, español o con residencia permanente en España y estar matriculado en una titulación oficial de la Universidad de Oviedo, el presente curso académico 2009-2010.
Haber obtenido una movilidad “con ayuda” fuera del continente europeo en la convocatoria de ayudas de movilidad en el marco de los convenios de cooperación suscritos por la Universidad de Oviedo con universidades extranjeras, para el curso 2010-2011, o figurar en la lista de suplentes correspondiente. En este caso, para la obtención de la beca será necesario la asignación definitiva de la movilidad “con ayuda”. Se excluyen a los beneficiarios de ayudas de verano y a aquellos que vayan a desempeñar funciones remuneradas de Teaching Assistant en Universidades Norteamericanas.
No podrán optar a estas becas los beneficiarios de las Becas Internacionales Bancaja de años anteriores. La solicitud y percepción de estas becas es incompatible con cualesquiera otras promovidas por otras entidades o grupos financieros.

Dotación:
1.400¤

Nº Becas: 40

Fecha inicio: 28/04/2010

Fecha cierre: 17/05/2010

Información:
Las solicitudes deberán realizarse remitiendo un correo electrónico a la dirección relinnorte@uniovi.es, citando específicamente que se solicita una de las ayudas publicadas en la convocatoria Beca Internacionales Bancaja-Universidad de Oviedo 2010 de 16 de abril de 2010.

Observaciones:
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 97 de 28-iv-2010 ( Resolución de 16 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo ).

OBJETO:
1.El objeto de la presente convocatoria es complementar las ayudas otorgadas a los estudiantes de la Universidad de Oviedo beneficiarios de una movilidad dentro de los convenios de cooperación internacional suscritos con Universidades extranjeras no europeas para el curso 2010-2011.
2. Estas becas ayudan a financiar los costes adicionales de viaje, alojamiento, manutención, seguros y demás gastos que dichas estancias comportan, gracias a la dotación otorgada por Bancaja.

Lugar: EXTRANJERO – España

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Convocatoria 2010 de concesión de subvenciones en el área de atención a personas mayores con residencia en Ceuta y Melilla

Publicado por admin el Tuesday, May 11th, 2010 a las 7:06 am

Tipo/s: Ayudas y Subvenciones
Subtipo/s: Subvenciones
Página Web: www.imserso.es
Organización: Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)


Lugar: Ceuta y Melilla (España)
Fecha: 5 de Mayo a 5 de Julio de 2010
Descripción: El Boletín Oficial del Estado de fecha 4 de mayo de 2010, publica la Resolución de 13 de abril de 2010, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones a residencias de ancianos, residencias de mayores, residencias de ancianos, residencias de mayores, asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>personas mayores y a entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la realización de programas y actividades a favor de dicho colectivo con residencia en Ceuta y Melilla, para el año 2010.
Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden TAS/1655/2007, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para personas con discapacidad y residencias de ancianos, residencias de mayores, residencias de ancianos, residencias de mayores, asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>personas mayores, dentro del ámbito de competencias del de Mayores y Servicios Sociales y por las disposiciones de la citada Resolución.
La convocatoria va dirigida a residencias de ancianos, residencias de mayores, residencias de ancianos, residencias de mayores, asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>personas mayores con residencia en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y a entidades y organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación circunscrito a dicho territorio, que realicen actividades y programas a favor del citado colectivo.
En la mencionada Resolución de 13 de abril de 2010 se determina el contenido mínimo que establece el artículo 23.2 de la Ley General de Subvenciones, en concreto, los créditos presupuestarios a los que deben de imputarse las subvenciones que se convocan. Contiene, además, los programas a subvencionar, sus prescripciones, requisitos y prioridades, la distribución de los créditos por programas y la determinación de los topes máximos a conceder, en función de las necesidades de las personas físicas a atender y de la naturaleza, características y grado de implantación social de las entidades y organizaciones no gubernamentales solicitantes.
Descriptores: Ayudas económicas; Organizaciones no gubernamentales; Programas de acción social; Residencias de residencias de ancianos, residencias de mayores, residencias de ancianos, residencias de mayores, asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>ancianos; Discapacidad
Fecha de introducción de datos: 04/05/2010
Fecha de actualización: 04/05/2010
Observaciones: Resolución de 13 de abril de 2010, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones a residencias de ancianos, residencias de mayores, residencias de ancianos, residencias de mayores, asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>asistidos, útiles, teleasistencia, asistencia a domicilio, balnearios. Geriátricos en toda España. ” href=”http://www.topresidencias.com/” target=”_self”>personas mayores y a entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la realización de programas y actividades a favor de dicho colectivo con residencia en Ceuta y Melilla, para el año 2010.
Fuente de datos: BOE núm. 108, 4 de mayo de 2010
Enlace/s: versión pdf, 469 KB;
Alerta/s: 5 de Julio de 2010: Fecha límite de presentación de solicitudes

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Becas de formación para titulados universitarios de grado medio o superior en el Servicio Navarro de Empleo.

Publicado por sonia el Monday, May 10th, 2010 a las 10:07 am

Requisitos:
Para ser beneficiario de las becas las personas físicas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.
d) Residir en Navarra, al menos, desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
e) Estar en posesión del correspondiente título oficial universitario o equivalente, expedido u homologado por las autoridades españolas.
f) Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca de formación.
g) No estar incapacitado físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
h) No haber sido beneficiario de una beca en un organismo de la Administración Foral de Navarra durante un período igual o superior a 6 meses.
Los requisitos deberán mantenerse durante el período de duración de la beca de formación.

Dotación:
Las becas de formación estarán dotadas con una cuantía de 880 euros mensuales o, en su caso, la parte proporcional, que será abonada a mes vencido. Si se prorrogan, el importe para el año 2011 será de 900 euros mensuales.

Nº Becas: 2

Fecha inicio: 04/05/2010

Fecha cierre: 23/05/2010

Duración:
Las becas tendrán una duración inicial hasta el 31 de diciembre de 2010 y podrán prorrogarse, previo acuerdo de las partes y por los períodos que se establezcan, hasta el 31 de diciembre de 2011, todo ello sujeto a la disponibilidad presupuestaria.

Información:
La forma de acreditar estos requisitos será documentalmente y por escrito, junto a la solicitud de la Beca de Formación, que se presentará en el Registro del Servicio Navarro de Empleo situado en la calle Arcadio M.ª Larraona 2.ª planta, en el Registro General del Gobierno de Navarra, o por cualquiera de los medios permitidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los documentos exigidos se indican a continuación:
a) Instancia de solicitud de la beca de formación concreta a la que aspira, con los datos personales, dirección, teléfonos y dirección de correo electrónico.
b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.
c) Certificado de empadronamiento indicando antigüedad.
d) Certificación del expediente académico, con las calificaciones de todas las materias de cada curso y mención expresa de las convocatorias en que fueron aprobadas.
e) Fotocopia compulsada de los títulos y diplomas que posea, que sean valorables de acuerdo con la base 5.
f) Resto de méritos alegados que sean valorables de acuerdo con la base 5.
Si la solicitud presentada en plazo no reuniera los requisitos indicados en los números anteriores, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, indicándole que de no hacerlo así se le tendrá por desistido y se dictará la de archivo del expediente, que le será notificada.

Observaciones:
Boletín Oficial de Navarra nº 54, Lunes, 3 de mayo de 2010 ( RESOLUCIÓN 583/2010, de 25 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo ).

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de dos becas de formación en el Servicio Navarro de Empleo, con destino a las siguientes unidades:
–Una en el Servicio de Promoción de Empleo e Igualdad de Oportunidades: para Diplomados en Relaciones Laborales, que se dedicará al estudio y análisis de las ayudas al empleo gestionadas por el Servicio Navarro de Empleo.
–Una para el Centro Nacional de Formación en Energías Renovables: para Ingenieros Superiores o Técnicos en ramas industriales, cuyo objeto es colaborar en la planificación de las acciones de formación, contribuir a la puesta a punto y la actualización de los equipamientos formativos, impulsar los proyectos de colaboración con los expertos, profesionales y empresas del sector, y participar en los trabajos técnicos relacionados con la actualización y ordenación del área formativa: nuevos cursos, diseño de bancos de pruebas, adaptación de contenidos a diferentes formatos y propuesta de certificados de profesionalidad.

Lugar: NAVARRA – España

Guarderías, ludortecas y centros infantiles

Residencias de ancianos, centros de día y ayuda a domicilio. Dependencia.

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Becas destinadas a realizar estudios de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico,económico y administrativo durante el curso académico 2010-2011.

Publicado por sonia el Friday, May 7th, 2010 a las 3:53 pm

Requisitos:
* Las becas están destinadas a aquellas personas que estén en posesión de una titulación universitaria superior obtenida en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de becas en el Boletín Oficial de Canarias.
Los solicitantes deberán elegir el centro de su interés para cursar los estudios sobre integración europea en función de la titulación de que disponen.

* Requisitos que han de cumplir los solicitantes:

1. Podrán solicitar las becas las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado
miembro de la Unión Europea y haber residido en Canarias durante, al menos, los 4 años anteriores a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria de becas.
b) Estar en posesión de la titulación universitaria superior, obtenida en los 5 últimos años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de becas, que permita realizar el correspondiente curso sobre la Unión Europea en la institución académica seleccionada.
c) Poseer buenos conocimientos orales y escritos de inglés o francés, o de ambos, en función de los requisitos de admisión de la institución académica a la que se pretenda acceder. Si el solicitante pretende cursar sus estudios en el idioma alemán, éste sólo podrá realizar dicho curso en este idioma si cumple con
los requisitos de admisión de la institución académica a la que pretende acceder, tal y como establece la base primera.
d) No padecer enfermedad o impedimento alguno que imposibilite la realización del curso completo.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier administración o ente público.
g) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino.
h) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma.
i) No hallarse inhabilitado para recibir becas, ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario de las becas las personas físicas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber dado lugar, por declaración de culpabilidad, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) Estar incursa, la persona física, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
e) No hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
f) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o la Ley General
Tributaria.
g) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

Dotación:
Las tres becas que se convocan se repartirán de la siguiente forma: se concederá, como máximo, una beca para realizar un curso de postgrado en el Colegio de Europa (en Brujas o en Natolín) y estará dotada de veinticuatro mil trescientos cuarenta y seis (24.346,00) euros; las dos becas restantes se concederán para asistir a cualquier otro centro que imparta enseñanzas centradas en la integración europea y estarán dotadas de un mínimo de dieciséis mil (16.000,00) euros, siendo el importe total del conjunto de las becas a conceder para el ejercicio 2010 cincuenta y seis mil trescientos cuarenta y seis (56.346,00) euros y su financiación será con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2010.10.11.612M.480.00 Línea de Actuación: 10.4061.02- “Becas de Formación en Centros Académicos Europeos”.

Nº Becas: 3

Fecha inicio: 29/04/2010

Fecha cierre: 17/05/2010

Información:
Las solicitudes deberán de dirigirse al Consejero de Economía y Hacienda y se formularán conforme al modelo que se adjunta como anexo II de esta orden, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día natural siguiente a la publicación de la correspondiente orden de convocatoria de becas en el Boletín Oficial de Canarias.
Los impresos de solicitud, debidamente cumplimentados, se presentarán en la sede de la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea, en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Fundación Puertos de Las Palmas, Muelle de los Vapores, s/n, o en Santa Cruz de Tenerife, calle José Manuel Guimerá, 10, 5ª planta.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, en el plazo indicado, en cualquiera de los registros y oficinas mencionados en el artículo 38.4 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa, formal e incondicional de las bases y condiciones de los requisitos y obligaciones que se contienen en la presente orden. Igualmente, implicará la autorización del solicitante a esta consejería para obtener los datos necesarios y acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

Observaciones:
Boletín Oficial de Canarias núm. 82 Miércoles 28 de abril de 2010 (III. Otras Resoluciones / Consejería de Economía y Hacienda – ORDEN de 22 de abril de 2010 ).

OBJETO:
Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de tres becas para la realización de estudios de postgrado centrados en la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo durante el curso académico 2010-2011; estos estudios de especialización en materia comunitaria deberán ser impartidos por un centro de reconocido prestigio y tradición situado en territorio comunitario (excepto territorio nacional español) con las especificaciones que se recogen en estas bases. El curso elegido deberá realizarse íntegramente o combinando los siguientes idiomas: inglés, francés o alemán, de forma que la elección del mismo por parte del candidato queda condicionada a las pruebas de inglés o de francés, o de ambos idiomas, reguladas en el apartado.
b) de la base octava, a las que se presente y, por tanto, supere. En el caso del idioma alemán, el candidato sólo podrá seguir el curso en este idioma si cumple con los requisitos de admisión de la institución académica a la que pretende acceder y si, a juicio del Tribunal Calificador, el candidato puede acreditar el conocimiento de este idioma con un nivel suficiente y adecuado para realizar un curso de postgrado.

Lugar: EUROPA – España

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Becas internacionales Bancaja para estudiantes de la Universidad de Oviedo que hayan obtenido una ayuda de movilidad en el marco de los convenios de cooperación suscritos con universidades extranjeras, para el curso académico 2010/2011.

Publicado por sonia el Thursday, May 6th, 2010 a las 3:52 pm

Requisitos:
Ser estudiante, español o con residencia permanente en España y estar matriculado en una titulación oficial de la Universidad de Oviedo, el presente curso académico 2009-2010.
Haber obtenido una movilidad “con ayuda” fuera del continente europeo en la convocatoria de ayudas de movilidad en el marco de los convenios de cooperación suscritos por la Universidad de Oviedo con universidades extranjeras, para el curso 2010-2011, o figurar en la lista de suplentes correspondiente. En este caso, para la obtención de la beca será necesario la asignación definitiva de la movilidad “con ayuda”. Se excluyen a los beneficiarios de ayudas de verano y a aquellos que vayan a desempeñar funciones remuneradas de Teaching Assistant en Universidades Norteamericanas.
No podrán optar a estas becas los beneficiarios de las Becas Internacionales Bancaja de años anteriores. La solicitud y percepción de estas becas es incompatible con cualesquiera otras promovidas por otras entidades o grupos financieros.

Dotación:
1.400¤

Nº Becas: 40

Fecha inicio: 28/04/2010

Fecha cierre: 17/05/2010

Información:
Las solicitudes deberán realizarse remitiendo un correo electrónico a la dirección relinnorte@uniovi.es, citando específicamente que se solicita una de las ayudas publicadas en la convocatoria Beca Internacionales Bancaja-Universidad de Oviedo 2010 de 16 de abril de 2010.

Observaciones:
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 97 de 28-iv-2010 ( Resolución de 16 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo ).

OBJETO:
1.El objeto de la presente convocatoria es complementar las ayudas otorgadas a los estudiantes de la Universidad de Oviedo beneficiarios de una movilidad dentro de los convenios de cooperación internacional suscritos con Universidades extranjeras no europeas para el curso 2010-2011.
2. Estas becas ayudan a financiar los costes adicionales de viaje, alojamiento, manutención, seguros y demás gastos que dichas estancias comportan, gracias a la dotación otorgada por Bancaja.

Lugar: EXTRANJERO – España

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Becas en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de formación académica de corta duración, desarrolladas fuera de la comunidad autónoma, destinadas a grupos de alumnos universitarios que cursen sus estudios oficiales en las universidades del Sistema Universitario de Galicia.

Publicado por sonia el Wednesday, May 5th, 2010 a las 3:51 pm

Requisitos:
1. Estar matriculados en el último curso de sus estudios universitarios de carácter oficial conducentes a un título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico, arquitecto técnico, maestro o diplomado en alguna de las universidades del SUG.

2. Participar en la realización de una actividad formativa como componente de un grupo de 10 alumnos como mínimo y de 15 como máximo, con una duración máxima de la estancia de 7 días, incluidos los días del viaje. En caso de que la duración total sea superior, sólo se concederá ayuda por el periodo máximo de duración establecido en esta orden.

3. Cursar la misma titulación todos los alumnos miembros de ese grupo y estar matriculados en este curso académico, al menos, en una asignatura del departamento con la que se relacione la actividad formativa propuesta.

4. Elegir entre todos los miembros del grupo a un representante o apoderado único de la agrupación, que será un alumno del grupo, que actuará como coordinador del mismo, siendo el responsable del objeto de la ayuda ante la Secretaría General de Universidades.

Dotación:
La cuantía de la ayuda será repartida en subvenciones individualizadas para cada miembro del grupo de alumnos de una titulación que cumpla los requisitos establecidos en esta convocatoria, abonándose una cantidad máxima de 35 euros por alumno y día, hasta agotar el presupuesto.

Fecha inicio: 30/05/2010

Fecha cierre: 29/05/2010

Duración:
Las actividades formativas de corta duración, máximo siete días, que se subvencionan en esta convocatoria serán realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de septiembre de 2010.

Información:
1. La solicitud, según el modelo EDA 441A que se publica como anexo a esta orden, firmada por el/la alumno/a coordinador/a responsable del grupo de alumnos de la universidad, en la que conste la relación
y el consentimiento de todos los alumnos que constituyen el grupo, se remitirá a la Secretaría General
de Universidades de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, edificio administrativo San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela y podrá presentarse:
a) En el Registro Único de la Xunta de Galicia, o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para la presentación de instancias.
b) En los registros oficiales de las universidades del Sistema Universitario de Galicia, de conformidad con la resolución de 25 de junio de 2007, de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre esta consellería y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo en materia de registros administrativos.
Si la solicitud es remitida por correo se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el/la funcionario/a de correos antes de que proceda a su certificación postal.
No se admitirán como medio de presentación de solicitudes servicios de mensajería privados.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entiende por último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.
Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
3. Documentación que se deberá adjuntar con la solicitud:
a) Memoria breve con un máximo de tres folios, firmada
por el coordinador y con el visto bueno del director/a o secretario/a del departamento con el cual está relacionada la actividad formativa propuesta, en General de Universidades presentando, en su caso, la documentación necesaria.
Transcurrido este plazo sin que se subsanen las causas de exclusión, se considerará que el solicitante desiste de su petición, en los términos establecidos en la Ley 30/1992.

Observaciones:
DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 80 Jueves, 29 de abril de 2010 (Orden de 22 de abril de 2010).

Convocar ayudas destinadas a grupos de estudiantes de las universidades del Sistema Universitario de Galicia (SUG) a fin de posibilitar que mejoren su formación académica adquiriendo conocimientos de
asignaturas específicas por medio de estancias formativas de corta duración en otros centros de estudios superiores, empresas o instituciones, contribuyendo al establecimiento y fomento del contacto entre estudiantes de las universidades gallegas y la realidad práctica de fuera de la comunidad.

Lugar: GALICIA – España

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Beca destinada a realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea.

Publicado por sonia el Tuesday, May 4th, 2010 a las 1:42 pm

Requisitos:
BENEFICIARIOS:
a) La beca está destinada a postgraduados con titulación superior sin que se exija una titulación determinada, no obstante la empresa o entidad que el
solicitante presente para realizar las prácticas puede
requerir una titulación concreta, en cuyo caso deberá
cumplir con este requisito.
b) La empresa o entidad donde se pretenda desarrollar
el período de prácticas deberá ser propuesta por el solicitante, por lo que la gestión de búsqueda y negociación de condiciones es responsabilidad de éste. Las condiciones y requisitos para hacer esta propuesta se detallan a continuación.

REQUISITOS:
1. Podrá solicitar la beca quien cumpla los siguientes
requisitos:
a) Tener fijada la residencia en el archipiélago canario.
b) Estar en posesión del título de licenciado, arquitecto
o ingeniero superior.
c) Poseer buenos conocimientos de la lengua extranjera necesaria para realizar las prácticas en la
empresa o entidad propuesta, en función del nivel exigido por la misma. Asimismo, se valorará el conocimiento de otros idiomas comunitarios.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida
realizar las prácticas objeto de la beca.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, de la Comunidad Autónoma y de la Seguridad Social.
f) No haber recibido ayudas o subvenciones, con el mismo objeto, de cualquier administración pública o Ente público. El disfrute de esta beca al amparo de la correspondiente convocatoria de la beca es incompatible con la de cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, durante el período de dicho disfrute.
g) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino.
h) Haber procedido a la justificación de las subvenciones que se le hubiesen concedido con anterioridad por los órganos de la Administración Autonómica.
i) No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2.- No podrá obtener la condición de beneficiario de la beca la persona física en quien concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) Haber dado lugar, por declaración de culpabilidad, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
c) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
d) Estar incursa en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de los conflictos de intereses de
los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
e) No hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
f) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.

3. Atendiendo a la naturaleza de la beca, se exceptúa a las personas solicitantes de los restantes requisitos para obtener la condición de beneficiario, regulados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación:
La beca está dotada con un importe de seis mil ciento treinta y dos (6.132) euros para el ejercicio 2010 y su financiación será con cargo a la aplicación presupuestaria 2010 10.11.612M.480.00, línea de actuación: 10.4060.02 correspondiente a “Becas de prácticas y cursos de perfeccionamiento en temas europeos”.

Fecha inicio: 29/04/2010

Fecha cierre: 03/06/2010

Información:
1.- Las solicitudes habrán de dirigirse al Consejero de Economía y Hacienda y se formularán conforme al modelo que se adjunta como anexo II a la presente Orden. El plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. La presentación de la solicitud presupone la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.
Los impresos de solicitud, debidamente cumplimentados, se presentarán en la sede de la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Fundación Puertos de Las Palmas, Muelle de los Vapores, s/n, o en Santa Cruz de Tenerife, calle José Manuel Guimerá, 10, 5ª planta.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, dentro del plazo indicado, en cualquiera de los registros y oficinas mencionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- A los interesados cuyas solicitudes no reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria de la beca, se les requerirá, mediante resolución provisional de admitidos y excluidos, para que, en un plazo de diez días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la resolución antes indicada, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Observaciones:
Boletín Oficial de Canarias núm. 82 – Miércoles 28 de abril de 2010 ( III. Otras Resoluciones – Consejería de Economía y Hacienda – ORDEN de 22 de abril de 2010 ).

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de una beca para la realización de prácticas durante seis meses en empresas y entidades cuya actividad se centre en la integración europea y sea de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias; asimismo, el lugar de trabajo, por tanto el lugar de realización de las prácticas, debe encontrarse en cualquier parte del territorio de la Unión Europea, exceptuando el territorio nacional español. La realización de las prácticas deberá comenzar una vez finalizado el proceso de concesión de las becas, que se prevé, aproximadamente, para el mes de junio; en cualquier caso, el período de realización de las prácticas deberá desarrollarse en su totalidad o en su mayor parte y siempre que sea posible, según la fecha de resolución de la convocatoria, durante el año 2010.

Lugar: EUROPA – España

Guarderías, ludortecas y centros infantiles

Residencias de ancianos, centros de día y ayuda a domicilio. Dependencia.

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