Ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero destinadas a Maestros y estudiantes de Magisterio 2010

Publicado por sonia el Wednesday, March 10th, 2010 a las 10:00 am

Requisitos:
- Maestros y estudiantes del último curso de las enseñanzas de maestro.
- Haber finalizado las enseñanzas correspondientes a la titulación de Maestro en cualquiera de las especialidades en alguno de los siguientes cursos académicos: 2008-2009, 2007-2008, 2006-2007 ó 2005-2006, o bien estar matriculado en el curso 2009-2010 de la totalidad de los créditos que le resten para finalizar estos estudios.
- Tener una nota media en el expediente académico que le sitúe dentro del total de las ayudas a conceder.
- Documentación requerida:
Certificación académica cumplimentada por el centro educativo, de acuerdo con el modelo que genera el formulario de solicitud.

Dotación:
2.100 Euros.

Fecha cierre: 30/03/2010

Información:
Más información:
Contacto Ministerio de Educación/Subdirección General de Becas, Ayudas y movilidad de estudiantes:
* Atención telefónica: 902111225
* Atención electrónica: becas.sg@educacion.es

Lugar de entrega:
Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes. C/ Torrelaguna, 58 – 28027 Madrid.
* Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación.
* Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo remitirán, una vez firmado, por correo certificado o a través de cualquier registro oficial.

Lugar: ESPAÑA – España

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Ayudas al empleo: medidas de conciliación de la vida laboral y familiar (Gobierno Vasco)

Publicado por sonia el Tuesday, March 9th, 2010 a las 3:32 pm

Inicio convocatoria: 28/09/2007 Final convocatoria: 31/12/2012
Organismo otorgante:
Dpto. Empleo y Asuntos Sociales / Gobierno Vasco
Acciones subvencionables:
Ayudas para:

  1. contratación de personas desempleadas, para sustituir a personas trabajadoras por cuenta ajena o personas socias trabajadoras o socias de trabajo de sociedades cooperativas, que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hijos o familiares en situación de dependencia.
  2. la ampliación de la jornada laboral de una persona trabajadora anteriormente contratada a tiempo parcial para cubrir el puesto de una persona trabajadora en excedencia o reducción de jornada.

    Tipo de subvención: Desgravaciones de la Seguridad Social
    Cuantía de la ayuda:
    Ayuda máxima: 100,00 %
     
    Gastos subvencionables:
    Serán subvencionables: coste salarial.
    NO serán subvencionables: la contratación de cónyuge del empresario, ni sus ascendientes, descendientes o colaterales; tampoco familiares de cualquier socio de la empresa.

    Información adicional:
    PLAZO: el plazo de solicitud ara las sustituciones que tengan una duración continuada de entre 59 y 180 días naturales, será de tres meses desde la fecha de extinción del contrato.
    Cuando las sustituciones tengan una duración continuada superior a 180 días naturales, se presentará una solicitud por cada período semestral de vigencia del contrato, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de vencimiento de cada uno.
    Si el último de los períodos de sustitución tuviera una duración continuada inferior a 180 días naturales, el plazo será de tres meses desde la fecha de extinción del contrato.
    En el caso de que se extinguiera anticipadamente el contrato de duración superior a 180 días naturales, se presentará la solicitud en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjera la extinción.

    BENEFICIARIOS: personas físicas que trabajen por cuenta propia así como las personas jurídicas privadas.
    No serán beneficiarias las sociedades públicas.

    CUANTIA: los contratos de interinidad se subvencionarán hasta el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
    La cuantía subvencionada variará según el tipo de contrato.

    RESTRICCIONES: en ningún caso se subvencionarán en una única solicitud períodos de sustitución que excedan de 180 días naturales.
    cuando se contrate a una persona para sustituir dos o más situaciones de excedencia o de reducción de jornada, deberá presentarse una solicitud por cada una de las sustituciones expresadas en el contrato, en los términos y plazos establecidos.
    COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles entre sí y con otras que tengan la misma finalidad, con excepción de aquéllas relativas alas cotizaciones a la Seguridad Social.
    En el caso de concurrencia con la cotización a la Seguridad Social, la cuantía no podrá superar el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social.
    Para las personas que se acojan a una excedencia o reducción de jornada estás será compatible con ayudas de la misma finalidad.
    NOTA INTERNA: estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).
    El plazo de resolución será de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
    El presupuesto total para el año 2009 es de 24.880.010 euros.

    Localización del proyecto:
    País Vasco
    España
    Localización del beneficiario:
    País Vasco
    España
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    Ayudas a la inversión destinada a pymes del sector industrial, comercio mayorista y de servicios (La Rioja)

    Publicado por sonia el Tuesday, March 9th, 2010 a las 12:45 am

    Inicio convocatoria: 15/02/2010 Final convocatoria: 30/04/2010
    Organismo otorgante:
    Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER)
    Acciones subvencionables:
    Estas ayudas comprenden dos programas:

    1. Programa de adquisición de suelo en polígonos industriales.
    2. Programa de proyectos de inversión

     

    Inversión mínima: 60.000,00 € 
    Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
    Anticipos reembolsables y préstamos
    Cuantía de la ayuda:
    Ayuda máxima: 50,00 %
     
    Plazo mínimo de amortización:36 meses
    Gastos subvencionables:
    Serán subvencionables:

    • para el caso 1, las inversiones en adquisición por compraventa de suelo en Polígonos Industriales de La Rioja, cuyo destino sea la instalación de nuevas empresas, la ampliación o el traslado de las ya existentes, tomándose como base el importe reflejado en la escritura de compraventa del terreno.
    • para el caso 2, la adquisición por compraventa de terrenos calificados como suelo industrial; la adquisición, construcción, modernización o mejora de bienes inmuebles; las inversiones destinadas a la reordenación de las plantas productivas; las traídas y acometidas de servicios; la adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos; la adquisición de equipos informáticos y telemáticos, incluidos los programas informáticos; el mobiliario (únicamente para aquellos beneficiarios cuya actividad esté encuadrada en los epígrafes G, H, J, M y N de la CNAE-2009) y los honorarios de proyecto, dirección de obra, adquisición de patentes y licencias de desarrollo de producto tecnológico y de desarrollo tecnológico.

    NO serán subvencionables: la adquisición de terrenos no cualificados como suelo industrial; las inversiones realizadas en las zonas no vinculadas directamente con las actividades productivas, transformadoras, de comercio al por mayor o servicios (como obras de jardinería, embellecimiento, reparaciones, inversiones para alojamiento, salas sociales y adquisición de equipos de recreo); los costes de constitución y primer establecimiento; activos fijos usados (con ciertas excepciones); la reposición o sustitución de maquinaria; los elementos de transporte exterior; la adquisición de moldes, utillaje u hormas; los gastos de reparación y mantenimiento; las inversiones cuya base imponible sea inferior a 1.000 euros; los activos de fabricación propia; el IVA y otros tributos; las inversiones cuyos pagos no se realicen y justifiquen a través de entidades financieras y aquellas cuyos pagos no se realicen dentro del plazo de justificación.

     

    Información adicional:
    BENEFICIARIOS: para el caso 1, todas las PYMES excepto las excluídas en el art. 1 de los Reglamento (CE) nº 1998/2006, Reglamento (CE) nº 875/2007 y Reglamento (CE) nº 800/2008 en los casos respectivos en que sean aplicables.
    Para el caso 2, las PYMES de los sectores de industrias extractivas, industrias manufactureras (con excepción de las industrias agroalimentarias),Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas, Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, Transporte de mercancías por carretera, Almacenamiento y actividades anexas al transporte, Edición de programas informáticos, Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática, Servicios de información, Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico, Ensayos y análisis técnicos, Publicidad, Actividades de diseño especializado, salvo decoración de interiores y Actividades de investigación.
    CUANTIA: el porcentaje de ayuda máximo reflejado es un límite general sobre el coste elegible para el caso 1. La intensidad de ayuda se incrementará en un 0,5% cuando el beneficiario acredite algún modelo de certificación en el ámbito de las relaciones laborales, la responsabilidad social corporativa, la conciliación de la vida familiar y laboral, planes de igualdad, empresas familiarmente responsables, sistemas de prevención de riegos laborales y las ohsas 18001.
    En el caso 2, la ayuda podrá alcanzar hasta el 20% de los costes subvencionables para pequeñas empresas, y hasta el 10% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    RESTRICCIONES: en el caso 1, las parcelas deberán ser adquiridas directamente al promotor del polígono industrial (ya que no se subvencionan las segundas transmisiones) y los plazos máximos para iniciar las obras y para el comienzo de la actividad económica serán de dos y cuatro años, respectivamente, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Además, el beneficiario deberá mantener la actividad económica en los terrenos subvencionados durante el plazo de 10 años a contar desde el inicio de la misma.
    En el caso 2, la inversión subvencionable en terrenos, obra civil e instalaciones de fontanería o electricidad vinculadas a la misma no podrá ser superior a la del resto de los activos y no serán subvencionables los costes de mantenimiento, conservación y ornamentación de los inmuebles. Así mismo, tampoco serán subvencionables las construcciones cuyas obras se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de solicitud de subvención.
    En cualquier caso, el proyecto de inversión subvencionable deberá superar los 60.000 euros.
    La inversión subvencionable podrá ser financiada mediante leasing cuando el objeto del contrato de arrendamiento financiero sea la adquisición de activos fijos nuevos, excepto bienes inmuebles y siempre que por el solicitante se acredite el compromiso de ejercitar la opción de compra, si bien se computará como inversión subvencionable el precio de adquisición para la empresa arrendadora excluyendo del mismo cualquier tipo de cargas e impuestos.
    Las ayudas del Programa de adquisición de suelo en polígonos industriales, están sujetas al Reglamento de ayudas de minimis o al Reglamento de ayudas de minimis en el sector pesquero, cuando el beneficiario pertenezca a este sector y las del Programa de proyectos de inversión, están sujetas al Reglamento general de exención por categorías.
    COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, siempre que no superen el coste total subvencionable.
    NOTA INTERNA: estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
    El presupuesto total es: para el caso 1 (para el 2011 es de 500.000 euros y para el 2012, es de 500.000); para el caso 2 (para el 2011 es de 1.040.000 euros; para el 2012 es de 1.300.000 euros y para el 2013 es de 260.000 euros).
    El plazo máximo de realización y justificación será de 3 años a contar desde la notificación de la concesión.
    Localización del proyecto:
    Rioja (La)
    España
    Localización del beneficiario:
    Rioja (La)
    España
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    Becas para la realización de prácticas profesionales en el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana.

    Publicado por sonia el Friday, March 5th, 2010 a las 10:00 am

    Requisitos:
    Se convocan dos becas con la siguiente distribución por modalidades:
    a) Modalidad A: una beca (dedicación: 25 horas semanales) para titulados superiores universitarios con el siguiente perfil de titulación:
    – Perfil 1: licenciado o licenciada en Ciencias Económicas, en Ciencias Empresariales, o en Administración y Dirección de Empresas.
    b) Modalidad B: una beca (dedicación: 27,5 horas semanales) para diplomados universitarios con el siguiente perfil de titulación:
    – Perfil 2: diplomado o diplomada en Biblioteconomía y Documentación.

    Cada solicitud vendrá referida a un único perfil.

    1. Para optar a estas becas será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
    a) Tener la nacionalidad española o de cualquier otro país miembro de la Unión Europea y residencia en un municipio de la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud de la beca.
    b) No ser mayor de 35 años.
    c) Estar en posesión del título que se especifica para cada uno de los perfiles ofertados en la Base Primera de la convocatoria, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, o haber
    superado todas las materias exigibles para su obtención, incluido, en su caso, el proyecto fin de carrera. La fecha de finalización de estudios de la titulación correspondiente, en virtud de la que se solicita
    la beca, estará comprendida en los cinco años anteriores a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.
    d) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.
    e) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    f) Disponer de cobertura sanitaria.
    2. No podrán optar a las becas objeto de esta convocatoria quienes en el momento de publicarse ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que concurran a la misma beca que estén disfrutando o, en los demás casos, que resten menos de dos meses para su finalización.

    Dotación:
    Las becas estarán dotadas con una cuantía inicial de 1.000,00 euros mensuales cada una durante doce meses, con un importe total máximo de la convocatoria de 24.000,00 euros.

    Fecha inicio: 02/03/2010

    Fecha cierre: 18/03/2010

    Duración:
    El periodo de disfrute comenzará el 28 de abril de 2010, salvo que en la resolución de concesión se disponga otra fecha posterior, y durará 12 meses, salvo que por razones presupuestarias o de interés público se anticipe motivadamente su finalización. Al extenderse su disfrute al siguiente ejercicio presupuestario, el mismo estará condicionado a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para el ejercicio 2011. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, el período de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad de la beca así lo requiera o aconseje.

    Información:
    1. Las solicitudes, cumplimentadas según el modelo publicado como Anexo I del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas (DOCV de 8 de septiembre de 2009), así como cualquier otro tipo de correspondencia posterior, irán dirigidas al Tribunal de Defensa de la Competència de la Comunitat Valenciana y se presentarán en el Registro del TDC (Plaça Alfons el Magnànim, 12-1ª) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    2. Los impresos de solicitud también estarán a disposición de las personas interesadas en los puntos de información PROP y en el Registro del TDC, teléfono 012.
    3. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
    4. Las solicitudes deberán estar acompañadas de la siguiente documentación:
    a) Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad o del documento equivalente en el caso de nacionales de estados miembros de la Unión Europea.
    b) Original o copia cotejada del certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunitat Valenciana, en el caso de que no conste acreditado en el Documento Nacional de Identidad o el que figure en el mismo sea distinto al domicilio que se haya hecho constar en la solicitud.
    c) Currículum vítae de la persona solicitante, ajustado al modelo publicado como Anexo I del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas (DOCV de 8 de septiembre de 2009).
    d) Fotocopia cotejada del título que acredite el nivel académico requerido para cada perfil. Para los títulos en trámite de expedición esta documentación podrá sustituirse por la fotocopia cotejada del resguardo académico acreditativo de la respectiva solicitud, con el abono de las tasas correspondientes o el justificante de su exención.
    e) Fotocopia cotejada del certificado académico completo de las materias cursadas donde figuren las calificaciones obtenidas y fechas en que se obtuvieron, incluyendo la nota media del expediente.
    f) Fotocopias cotejadas de documentos que acrediten la posesión de títulos, cursos y méritos que figuran en el currículum. No se valorarán aquellos méritos que no se acrediten documentalmente mediante documentos originales o copias cotejadas.
    g) Declaración responsable de que no tienen pendientes con la Generalitat Valenciana el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, así como de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o en caso de venir obligado a ello, las certificaciones reguladas por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la justificación de que cuentan con cobertura sanitaria.
    5. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, y en el plazo máximo de diez días, la comisión evaluadora que se establece en la Base Sexta examinará el cumplimiento de los requisitos para la admisión de solicitudes y aprobará la relación provisional de admitidos y excluidos a la convocatoria, que será comunicada por correo electrónico a los interesados y estará a su disposición en el teléfono 012 y en la sede del Tribunal de Defensa de la Competència de la Comunitat Valenciana, Plaça Alfons el Magnànim, 12-1ª, a los efectos de que puedan alegar y subsanar, en su caso, lo que estimaren conveniente a su derecho, durante el plazo de diez días, vencido el cual, y tras el examen de las reclamaciones o alegaciones presentadas, la comisión
    evaluadora acordará la aprobación de la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será comunicada por el mismo procedimiento que la provisional.
    A los efectos de admisión o exclusión de solicitudes se tendrá en cuenta:
    1º. La presentación en plazo de la Instancia.
    2º. El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 70 de la Ley de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    3º. El cumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Primera y Segunda de la Convocatoria.

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    Ayudas del programa de becas predoctorales para la formación de personal investigador, en el marco del programa de formación de Astrofísicos Residentes 2010

    Publicado por sonia el Thursday, March 4th, 2010 a las 12:17 am

    Requisitos:
    1. Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
    No obstante podrán ser admitidos al procedimiento quienes no cumplan ninguno de los requisitos anteriores si, en caso de ser seleccionados, en el momento de incorporarse están en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de residencia para estudiantes.
    2. Estar en posesión o en condiciones de obtener del título exigido en la base primera, punto quinto.
    Un aspirante está en condiciones de obtener el título cuando cumpla todos los requisitos académicos exigidos para su expedición y así lo acredite mediante el abono de los derechos del título antes del 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de aportar después el título correspondiente una vez expedido.
    3. Haber finalizado los estudios a que se refiere el apartado anterior en fecha posterior al 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009.
    4. No haber sido contratado en prácticas con anterioridad en base a la misma titulación que habilite profesionalmente para la celebración del contrato en prácticas durante el tercer y cuarto año del programa de Astrofísicos Residentes.
    5. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
    6. No percibir ninguna otra compensación económica durante el tiempo de disfrute de la beca por el ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia o ajena, por estar acogidos a las prestaciones por desempleo o por tener concedida otra beca.
    7. La no concurrencia de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.

    Dotación:
    Durante el periodo de beca la cuantía de las ayudas será (importe íntegro 2009): a) Astrofísico Residente de Primer año (B1): de 15.729,00 euros anuales íntegros. b) Astrofísico Residente de Segundo año (B2): de 18.107,76 euros anuales íntegros. Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 y podrán ser objeto de actualización, mediante Resolución de la Dirección del IAC.

    Nº Becas: 6

    Fecha inicio: 02/03/2010

    Fecha cierre: 01/04/2010

    Duración:
    La duración del Programa de Astrofísicos Residentes será de cuarenta y ocho meses, contando a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al IAC, y se estructura en dos periodos diferenciados.

    Información:
    1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
    2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del IAC o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/92), e irán dirigidas al Sr. Director del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna).
    3. Las solicitudes se formularán en el modelo de instancia que se incluye como anexo I acompañado de los anexos II y III debidamente cumplimentados, así como de los siguientes documentos:
    a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, para españoles, o fotocopia del pasaporte para los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España. En este último supuesto se acompañará el permiso de residencia.
    b) Fotocopia del pasaporte en el supuesto de extranjeros, no pertenecientes a un país miembro de la Unión Europea, y que en el momento de la solicitud de la beca no fueren residentes en España. En caso de ser seleccionados, para su incorporación deberán estar en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de estudiante previa a la formalización de la beca.
    c) Fotocopia del Título académico o pago de los derechos para su expedición. En el supuesto de no poseer dichos documentos se presentarán antes de la fecha prevista para su incorporación en el IAC.
    d) Fotocopia de la Certificación académica oficial, en la que figuren las asignaturas cursadas, número de créditos, calificaciones obtenidas y fecha y convocatoria en la que se aprueban las asignaturas. Dicho certificado podrá sustituirse por una copia del expediente. No obstante en el caso de resultar seleccionado, deberá presentar el certificado oficial junto con el resto de la documentación a que se refiere el artículo 11 de la convocatoria.
    e) «Currículum vitae», con mención de las becas disfrutadas con anterioridad, resultados y méritos reconocidos. Cualquier beca, curso, seminario, congreso o mérito alegado en dicho currículo deberá ser acreditado documentalmente para poder ser baremado por la Comisión Evaluadora.
    4. Los solicitantes acompañarán a la solicitud los documentos exigidos, salvo que ya estuvieran en poder del IAC, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

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    proyectos de televisión, radio y websites relacionados con el Parlamento Europeo

    Publicado por admin el Wednesday, December 30th, 2009 a las 6:39 pm

    Programa anual de subvenciones 2010

    Para proyectos de televisión, radio y websites relacionados con el Parlamento Europeo

    La Dirección General de Comunicación del Parlamento Europeo acaba de publicar el

    programa anual de subvenciones para 2010 que establece las condiciones para

    otorgar ayudas a proyectos o actividades relacionadas con el Parlamento Europeo.

    Se han definido tres campos temáticos, cuyos porcentajes máximos de subvención

    respecto al coste total del proyecto serán los siguientes:

    - Televisión…………………………………….. 60%

    - Radio…………………………………………… 70%

    - Websites y proyectos de internet…….. 75%

    El plazo para la presentación de solicitudes, que pueden realizarse en castellano,

    acompañadas de un breve resumen en francés o inglés, finaliza el 1 de septiembre de

    2009, a las 12h00. Las solicitudes serán examinadas entre septiembre y noviembre y

    la decisión final se comunicará en diciembre de 2009.

    Cada proyecto deberá desarrollarse en un período comprendido entre el 1 de enero de

    2010 y el 30 de abril de 2011.

    El presupuesto global previsto para los 27 países de la UE es de 5 millones de euros.

    Todos los documentos

    identificación financiera completa, firmada y sellada por la entidad bancaria

    solicitud, acuerdo de subvención y una ficha de

    tendrán que ser enviados en formato A4, por triplicado y sin grapar, indicando el

    número de referencia temática, según la actividad a subvencionar, a la dirección

    siguiente

    European Parliament

    Directorate-General Communication

    Budget Coordination

    call for proposals 2010

    MOY 05 T 012

    Rue Wiertz, 60

    B-1047 Brussels

    Para cualquier otra información y para obtener los impresos de solicitud en francés e

    ingles consultar la dirección: http://www.europarl.europa.eu/parliament/expert/

    staticDisplay.do?language=ES&id=64

    Más información:

    Damián Castaño – Tel.

    e.mail: epmadrid@europarl.eu.int”>epmadrid@europarl.eu.int – Internet: http://

    www.europarl.eu.int/press/index_publi_es.htm

    0034 91 4364730 –

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    Subvenciones para 2010. Para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales de la CCAA de canarias.

    Publicado por admin el Tuesday, December 29th, 2009 a las 6:36 pm

    Plazo : 02/01/2010 – 31/08/2010  

     

    Objeto : la presente Resolución tiene por objeto aprobar las convocatorias para: Anexo I: municipios con menos de 95.000 habitantes, con entidades dependientes o vinculadas a ellas, o con las Mancomunidades respectivas. Anexo II: municipios con más de 95.000 habitantes, con entidades dependientes o vinculadas a ellas, o con las Mancomunidades respectivas. Anexo III: Corporaciones Locales Insulares de Canarias o con entidades dependientes o vinculadas a ellas. Anexo IV: Corporaciones Locales de ámbito municipal con altos porcentajes de desempleo o con entidades dependientes o vinculadas a una sola de esas Corporaciones Locales. Anexo V: Corporaciones Locales Insulares o con entidades dependientes o vinculadas a ellas que contraten trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción. Anexo VI: Corporaciones Locales o con entidades dependientes o vinculadas a ellas para la realización de proyectos con compromisos de inserción.  

    Requisitos : los desempleados deberán estar inscritos en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo y quedar acreditada su residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias con la presentación del DNI / NIE, aportando fotocopia del mismo o certificado de empadronamiento en el caso de que el domicilio que consta en el DNI / NIE no corresponda a la Comunidad Autónoma de Canarias.  

    Sujetos beneficiarios : podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Corporaciones Locales canarias o las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, por un período de tiempo no superior a seis meses y con una duración mínima de la jornada del 75 % respecto de la jornada ordinaria establecida en el Convenio que corresponda aplicar en cada proyecto. En cada uno de los Anexos de la presente Resolución se especifican las Corporaciones Locales o las entidades dependientes o vinculadas a las mismas que pueden ser beneficiarias en cada caso.  

    Cuantía : para el Anexo I: 11.353.198,35 euros – para el Anexo II: 6.828.734,70 euros – para el Anexo III: 7.208.294,95 euros – para el Anexo IV: 6.865.192,50 euros – para el Anexo V: 2.500.000,00 euros. – para el Anexo VI: 6.697.692,83 euros  

    Órgano al que se dirige:  Servicio Canario de Empleo

    Solicitud :
    Solicitud de Subvención solicitud.pdf 

    Plazo de presentación de la solicitud : para el Anexo I: comenzará el día 2 de enero de 2010 y finalizará el día 30 de dicho mes. – para el Anexo II: comenzará el día 1 de marzo de 2010 y finalizará el día 31 de dicho mes. – para el Anexo III: comenzará el día 2 de agosto de 2010 y finalizará el día 31 de dicho mes – para el Anexo IV: comenzará el día 2 de agosto de 2010 y finalizará el día 31 de dicho mes – para el Anexo V: comenzará el día 1 de marzo de 2010 y finalizará el día 31 de dicho mes. – para el Anexo VI: comenzará el día 2 de agosto de 2010 y finalizará el día 31 de dicho mes.  

    Documentación a aportar : la que se establece en la base sexta de la presente convocatoria.  

    Modelos:

    Modelo de Certificación  anexo_3.pdf 

    Lugar presentación :

    Registro/s de Servicio Canario de Empleo    

    Así como en los demás registros

    regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.

    Órgano que resuelve Servicio Canario de Empleo       

    Criterios de valoración y baremación : los que se establecen en la base octava de la presente convocatoria.  

    Plazo de resolución : el plazo para dictar y notificar las correspondientes Resoluciones de concesión será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo : desestimatorio

    Forma de abono : una vez acreditado el inicio de la obra o servicio según el modelo aprobado por el Director del Servicio Canario de Empleo y que estará a disposición de los interesados en el programa SISPECAN-Subvenciones, junto al certificado de inicio se presentará escrito indicando la ubicación del cartel, paneles, vallas o placas según lo establecido en el Resuelvo undécimo, relativo a la información y publicidad y fotos de los mismos según proceda.  

    Concesión :

           

    Marco legal específico :

    Resolución de 4 de diciembre de 2009 (BOC nº 244, de 15.12.2009)  , del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria, en el marco del Plan Canarias Emplea, para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010.         

    Marco legal general :

    Orden de 26 de octubre de 1998 (BOE Nº 279, de 21.11.1998)  , por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

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    Subvenciones para 2010. Para la contratación de trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

    Publicado por admin el Monday, December 28th, 2009 a las 6:35 pm

     Plazo : 02/01/2010 – 30/01/2010  

     

    Objeto : facilitar la práctica profesional y mejorar la empleabilidad de los trabajadores PROCEDENTES DE ESTE SECTOR. Los proyectos de obras y servicio de interés general y social deben estar relacionados con el SECTOR AGRÍCOLA o en su defecto con el Medio Ambiente.  

    Requisitos : los desempleados deberán estar inscritos en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo y quedar acreditada su residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias con la presentación del DNI / NIE, aportando fotocopia del mismo o certificado de empadronamiento en el caso de que el domicilio que consta en el DNI / NIE no corresponda a la Comunidad Autónoma de Canarias. 

    Sujetos beneficiarios : podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Corporaciones Locales canarias de ámbito municipal que contraten trabajadores desempleados provenientes del sector de los cultivos del tomate, flores y plantas ornamentales por un período no superior a seis meses y con una duración mínima del 75 % respecto de la jornada ordinaria establecida en el Convenio colectivo de aplicación.  

    Cuantía : por un importe de un millón quinientos mil euros (1.562.038,68 euros) 

    Órgano al que se dirige:  Servicio Canario de Empleo

    Solicitud :
    Solicitud de Subvención solicitud.pdf 

    Plazo de presentación de la solicitud : el plazo de presentación de solicitudes comenzará el 2 de enero de 2010 y finalizará el 30 de dicho mes. 

    Documentación a aportar : a la solicitud se ha de acompañar la documentación relacionada en el artículo 6 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998.  

    Modelos:

    Modelo de Certificación  anexo_3.pdf 

    Lugar presentación :

    Registro/s de Servicio Canario de Empleo    

    Así como en los demás registros

    regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.

    Órgano que resuelve Servicio Canario de Empleo       

    Criterios de valoración y baremación : los criterios que se establecen en la base séptima de la convocatoria.  

    Plazo de resolución : el plazo para dictar y notificar la correspondiente Resolución de concesión será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo : desestimatorio

    Forma de abono : junto al Certificado de Inicio se presentará escrito indicando la ubicación del cartel, paneles, vallas o placas según lo establecido en el dispongo undécimo, relativo a la información y publicidad y fotos de los mismos. Una vez presentada dicha documentación el Servicio Canario de Empleo transferirá una cantidad equivalente al cincuenta por ciento de la subvención concedida. El cincuenta por ciento restante se transferirá cuando la entidad beneficiaria haya certificado el gasto del primer cincuenta por ciento recibido en las partidas para el que fue destinado.  

    Concesión :

           

    Marco legal específico :

    Resolución de 4 de diciembre de 2009 (BOC nº 244, de 15.12.2009)  , del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria, en el marco del Plan Canarias Emplea, para conceder subvenciones al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales.  

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    Subvenciones para 2010. Dirigidas a la realización de Proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad.

    Publicado por admin el Saturday, December 26th, 2009 a las 6:34 pm

    Plazo : 22/12/2009 – 11/01/2010  
     

    Objeto : 1. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión por el Servicio Canario de Empleo de subvenciones para financiar el coste de la realización en Canarias de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral encaminados hacia la inserción laboral de personas en situación de desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos: a.- Personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla b.- Inmigrantes c.- Personas con discapacidad. 2. El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. 3. Las acciones subvencionadas serán gratuitas para los asistentes a las mismas. En la publicidad de las acciones se incluirá claramente la mención de gratuidad. 4. La finalidad de estos proyectos es mejorar la empleabilidad de los colectivos a los que se dirigen, así como su inserción laboral.  

    Requisitos : En la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:  1. Tengan entre sus fines la formación e inserción laboral de personas en situación de desventaja social, personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad  2. Cuenten con experiencia demostrada en el trabajo de inserción laboral de estos colectivos. 3. Estén inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Dirección General de Servicios Sociales y/o de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia. 4. Deberán tener capacidad suficiente de medios materiales, humanos y organizativos para cumplir los objetivos establecidos en el proyecto y ejecutar por sí mismas las acciones subvencionadas, sin que puedan subcontratar con terceros su realización. 5. Deben estar dadas de alta de tercero en el Sistema Informático Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (PICCAC).  No podrán obtener la condición de beneficiarios, las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las entidades solicitantes de las subvenciones deben reunir todos los requisitos descritos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.  

    Sujetos beneficiarios : Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que operen en Canarias 

    Cuantía : El importe de las subvenciones a conceder para financiar los costes de los proyectos de itinerarios integrados vendrá determinado por el número de plazas de los mismos. El importe por plaza y mes de estos proyectos está fijado en mil euros (1.000 euros) por participante.  Ninguna entidad podrá superar los quinientos cuarenta mil euros (540.000 euros), sumando todos los proyectos aprobados. No se podrá conceder más de tres proyectos por entidad.  

    Órgano al que se dirige:  Servicio Canario de Empleo

    Solicitud :
    Solicitud de Subvención solicitud.pdf 

    Plazo de presentación de la solicitud : El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. 

    Documentación a aportar : La que se establece en la base séptima apartado 1 de la Resolución.  

    Modelos:

    Declaración Responsable  modelo_2.pdf 

    Acreditación experiencia en los últimos cincos años  modelo3.pdf 

    Acreditación de los Mecanismos de Inserción de que dispone la Entidad  modelo4.pdf 

    Acreditación de la pertenecia a alguna/as red/es de Entidades sin ánimo de lucro   modelo5.pdf 

    Otros méritos relacionados directamente con las Acciones descritas en el Proyecto presentado por la Entidad  modelo6.pdf 

    Proyecto de Itinerario de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad  modelo7.pdf 

    Modelo de Previsión de Ingresos y Gastos   modelo8.pdf 

    Lugar presentación :

    Registro/s de Servicio Canario de Empleo    

    Así como en los demás registros

    regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.

    Órgano que resuelve Servicio Canario de Empleo       

    Criterios de valoración y baremación : Los que se establecen en la base octava de la resolución. 

    Plazo de resolución : El plazo para dictar la resolución del procedimiento de concesión será de tres meses contados a partir del día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

    Efecto del silencio administrativo : desestimatorio

    Forma de abono : Dado el reconocido interés público y social de las acciones a desarrollar y el carácter no lucrativo de las entidades beneficiarias de la subvención, el abono de las subvenciones concedidas se realizará de forma anticipada y por el 100% del importe concedido, sin prestación de garantías al estar estas entidades exoneradas de dicho deber según lo dispuesto en el artículo 38.8.d) del Decreto 36/2009 31 de marzo. 

    Concesión :

           

    Marco legal específico :

    Resolución de 9 de diciembre de 2009 (BOC Nº 248, de 21.12.2009)  , del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria, mediante tramitación anticipada, de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigidas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad  

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    MARCO POLO II (Ayudas directas a los servicios privados de transporte)

    Publicado por admin el Thursday, November 26th, 2009 a las 5:57 am


    Programa “Marco Polo II”
    Objetivo El objetivo general del programa reducir la congestión y mejorar el comportamiento medioambiental del sistema de transporte intermodal, contribuyendo a la creación de un sistema de transporte eficaz y sostenible, que aporte un valor añadido a escala comunitaria, sin repercusiones nefastas para la cohesión económica, social o territorial. Se trata, en definitiva, de desviar las mercancías del transporte por carretera a otros modos más compatibles con el medio ambiente.
    BENEFICIARIOS Podrán presentar propuestas empresas de toda la Unión Europea y de terceros países.
    Tipos de Acción La convocatoria está abierta a la presentación de candidaturas para cinco tipos de acciones:
    - acciones de transferencia entre modalidades para transferir parte del tráfico de mercancías por carretera al transporte marítimo de corta distancia, al transporte por ferrocarril, al transporte por vías navegables o a una combinación de modos de transporte;
    - acciones catalizadoras altamente innovadoras, dirigidas a superar los obstáculos estructurales del mercado de transporte de mercancías en la Unión Europea, como la lentitud de los trenes de mercancías o los problemas de interoperabilidad técnica entre modos de transporte;
    - acciones de aprendizaje en común que aumenten la cooperación y optimicen los métodos de trabajo de los agentes de la cadena de transporte de mercancías;
    - acciones sobre las “autopistas del mar”, que sustituyan el transporte de mercancías por carretera mediante transporte marítimo de corta distancia o una combinación de transporte marítimo de corta distancia y otros modos de transporte, ofreciendo un servicio de transporte marítimo intermodal de gran volumen y elevada frecuencia;
    - acciones de evitación de tráfico que integren el transporte en la logística de producción para reducir la demanda de transporte por carretera.
    Financiación 59 millones de euros.
    Convocatorias Abiertas Fecha límite de presentación de solicitudes: 7 de abril de 2008
    Contactos European Commission – Marco Polo Help Desk
    Directorate-General for Energy and Transport
    Directorate G – Unit G2
    Ref.: Call for Proposals 2008
    Rue de Mot/De Motstraat 28
    B-1049 Brussels
    Tel : +32 2 29 96448
    Fax : +32 2 29 63765
    tren-marco-polo@ec.europa.eu
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