Ayudas del programa de becas predoctorales para la formación de personal investigador, en el marco del programa de formación de AstrofÃsicos Residentes 2010
Publicado por sonia el Thursday, March 4th, 2010 a las 12:17 am
1. Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un paÃs miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
No obstante podrán ser admitidos al procedimiento quienes no cumplan ninguno de los requisitos anteriores si, en caso de ser seleccionados, en el momento de incorporarse están en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el paÃs de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de residencia para estudiantes.
2. Estar en posesión o en condiciones de obtener del tÃtulo exigido en la base primera, punto quinto.
Un aspirante está en condiciones de obtener el tÃtulo cuando cumpla todos los requisitos académicos exigidos para su expedición y asà lo acredite mediante el abono de los derechos del tÃtulo antes del 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de aportar después el tÃtulo correspondiente una vez expedido.
3. Haber finalizado los estudios a que se refiere el apartado anterior en fecha posterior al 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009.
4. No haber sido contratado en prácticas con anterioridad en base a la misma titulación que habilite profesionalmente para la celebración del contrato en prácticas durante el tercer y cuarto año del programa de AstrofÃsicos Residentes.
5. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
6. No percibir ninguna otra compensación económica durante el tiempo de disfrute de la beca por el ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia o ajena, por estar acogidos a las prestaciones por desempleo o por tener concedida otra beca.
7. La no concurrencia de las circunstancias previstas en el artÃculo 13 de la Ley 38/2003.
Dotación:
Durante el periodo de beca la cuantÃa de las ayudas será (importe Ãntegro 2009): a) AstrofÃsico Residente de Primer año (B1): de 15.729,00 euros anuales Ãntegros. b) AstrofÃsico Residente de Segundo año (B2): de 18.107,76 euros anuales Ãntegros. Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 y podrán ser objeto de actualización, mediante Resolución de la Dirección del IAC.
Nº Becas: 6
Fecha inicio: 02/03/2010
Fecha cierre: 01/04/2010
Duración:
La duración del Programa de AstrofÃsicos Residentes será de cuarenta y ocho meses, contando a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al IAC, y se estructura en dos periodos diferenciados.
Información:
1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «BoletÃn Oficial del Estado».
2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del IAC o en cualquiera de los lugares señalados en el artÃculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/92), e irán dirigidas al Sr. Director del IAC (c/. VÃa Láctea s/n, 38200 La Laguna).
3. Las solicitudes se formularán en el modelo de instancia que se incluye como anexo I acompañado de los anexos II y III debidamente cumplimentados, asà como de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, para españoles, o fotocopia del pasaporte para los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España. En este último supuesto se acompañará el permiso de residencia.
b) Fotocopia del pasaporte en el supuesto de extranjeros, no pertenecientes a un paÃs miembro de la Unión Europea, y que en el momento de la solicitud de la beca no fueren residentes en España. En caso de ser seleccionados, para su incorporación deberán estar en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el paÃs de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de estudiante previa a la formalización de la beca.
c) Fotocopia del TÃtulo académico o pago de los derechos para su expedición. En el supuesto de no poseer dichos documentos se presentarán antes de la fecha prevista para su incorporación en el IAC.
d) Fotocopia de la Certificación académica oficial, en la que figuren las asignaturas cursadas, número de créditos, calificaciones obtenidas y fecha y convocatoria en la que se aprueban las asignaturas. Dicho certificado podrá sustituirse por una copia del expediente. No obstante en el caso de resultar seleccionado, deberá presentar el certificado oficial junto con el resto de la documentación a que se refiere el artÃculo 11 de la convocatoria.
e) «CurrÃculum vitae», con mención de las becas disfrutadas con anterioridad, resultados y méritos reconocidos. Cualquier beca, curso, seminario, congreso o mérito alegado en dicho currÃculo deberá ser acreditado documentalmente para poder ser baremado por la Comisión Evaluadora.
4. Los solicitantes acompañarán a la solicitud los documentos exigidos, salvo que ya estuvieran en poder del IAC, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo f) del artÃculo 35 de la Ley 30/1992, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
GuarderÃas, ludortecas y centros infantiles
Residencias de ancianos, centros de dÃa y ayuda a domicilio. Dependencia.









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