CONVOCATORIA GENERAL DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REINDUSTRIALIZACIÓN EN EL AÑO 2010.
Publicado por admin el Sunday, November 22nd, 2009 a las 8:19 am
Objeto
Concesión de ayudas dirigidas a actuaciones de reindustrialización correspondientes al año 2010.
Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones subjetivas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y específicamente los siguientes:
- Para el Área de infraestructura: Entidades públicas, incluyendo las empresas públicas dependientes de dichas Entidades, instituciones sin animo de lucro y asociaciones de empresas que tengan por finalidad proporcionar servicios de uso común o compartido al sector empresarial de carácter técnico conexos a la actividad industrial, siempre que no se dediquen a actividades industriales, comerciales y de servicios distintas de las correspondientes a esta Área de infraestructura, y que dichos servicios los presten a precios de mercado.
- Para el Área de industria: Empresas y asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial.
Conceptos subvencionables
Proyectos o actuaciones de reindustrialización que se lleven a cabo en aquellas zonas deprimidas, derivadas de manera especial de crisis de sectores tradicionales e industrias manufactureras, incluidas las consideradas por la Unión Europea como regiones de baja densidad de población, a través de alguna de las siguientes Áreas y, dentro de ellas, de las actuaciones correspondientes:
- Área de infraestructura:
o Infraestructura básica: Realización de inversiones en infraestructuras técnicas e industriales de uso común o compartido, tales como parques tecnológicos, suelo industrial, acceso a redes de transporte y de telecomunicación, etc.
o Infraestructura de servicios: Desarrollo de proyectos que proporcionen al sector industrial servicios de diagnosis y soluciones tecnológicas a grupos de pequeñas y medianas empresas (pymes) para proyectos de inversión, dirigidas a la mejora de la productividad.
Las actuaciones en cualesquiera de las subáreas descritas anteriormente para ser objeto de apoyos deberán estar relacionadas con las contempladas en el Área de industria.
- Área de industria: Arranque y ejecución de iniciativas industriales que generen empleo y que actúen como fuerza motriz del desarrollo del sector productivo empresarial.
Plazo de solicitud
Finalizará el día 3 de diciembre de 2009. 03/12/2009
Lugar de presentación
En el registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, mediante firma electrónica reconocida.
Órgano instructor
Dirección General de Industria.
Guarderías, ludortecas y centros infantiles
Residencias de ancianos, centros de día y ayuda a domicilio. Dependencia.









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