Línea ICO-Liquidez
Publicado por admin el Thursday, October 1st, 2009 a las 5:49 am
ICO
Vigencia: Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.
Clientes: Autónomos y Pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:
.- menos de 250 empleados
.- volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros
.- no estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados
.- no tener ninguna operación de mora con las Entidades de Crédito
Plazo de amortización: 3 años, incluidos 6 meses de carencia de principal.
Importe máximo de financiación por cliente: El importe máximo de financiación será de 500.000 euros por cliente y año, ya sea en una única operación o en varias.
Tipo de interés: Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:
.- Fijo, Referencia ICO, más el margen que se aplique.
.- Fijo, Referencia Entidad de Crédito, más el margen que se aplique.
Se podrá aplicar a la operación uno de los tres márgenes siguientes:
1,50%
2,00%
2,50%
Comisiones: 0,40 % sobre el importe dispuesto.
Cancelación anticipada voluntaria: Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
1.- Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario: 0,50% flat sobre el importe cancelado.
2.- Resto operaciones: 1% flat sobre el importe cancelado.
Tramitación: Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación: El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Garantías: Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca
Compatibilidad de ayudas: Esta Línea puede estar sometida a la condición de “mínimis” de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea.
Guarderías, ludortecas y centros infantiles
Residencias de ancianos, centros de día y ayuda a domicilio. Dependencia.









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